El 27 de diciembre de 2019, la Superintendencia de Pensiones (la “SP”) emitió las Normas de Carácter General N°68 y N°256, que modifican el Compendio de Normas del Seguro de Cesantía y el Compendio de Normas de los Fondos de Pensiones, respectivamente, con el objetivo de organizar las diversas regulaciones aplicables a la inversión de los Fondos de Pensiones en activos alternativos y consolidar las distintas instrucciones y circulares emitidas por la SP entre el 2018 y 2019.
Desde su entrada en vigencia el 1 de noviembre de 2017, el nuevo régimen de inversión permitió la inversión de recursos de los Fondos de Pensiones en “activos alternativos”, entendiendo por tales instrumentos, operaciones y contratos representativos de activos inmobiliarios, capital privado, deuda privada, infraestructura y otros activos que se transen en mercados privados, con el propósito de diversificar las inversiones de los fondos, reducir los costos y obtener un mayor retorno.
Entre los perfeccionamientos introducidos por las referidas Normas de Carácter General se destacan las siguientes materias:
- Nuevas disposiciones para la custodia de activos alternativos extranjeros.
- Nuevas disposiciones relativas a la seguridad de las inversiones en activos alternativos en el extranjero.
- Mecanismo de valorización de créditos sindicados y mutuos hipotecarios endosables con tasa variable.
- Eliminación de las referencias a commodities y hedge funds en la regulación sobre las notas estructuradas.
- Nuevas disposiciones para los créditos sindicados.
- Perfeccionamientos a reportes financieros sobre inversiones en activos alternativos que deben enviar las Administradoras de Fondos de Pensiones y la Administradora de Fondos de Cesantía a la SP.
Las nuevas Normas de Carácter General entraron en vigencia el 27 de diciembre de 2019 (con la excepción de ciertas obligaciones de información, las que entrarán en vigencia el 1 de julio de 2020).
Asimismo, el 1 de enero de 2020 entraron en vigencia los cambios de la SP al Régimen de lnversión de los Fondos de Pensiones establecidos mediante la resolución N°24 de fecha 25 de marzo de 2019. Estos son:
- Permitir el lanzamiento de Opciones Call (sólo en caso que el activo objeto se encuentre en la cartera de inversión del Fondo de Pensiones).
- Establecer un nuevo límite para la suma de dichas operaciones en el mercado local y extranjero.
- Incorporar a los bonos como activo objeto en las operaciones con instrumentos derivados con fines de cobertura.