Alertas Legales

Banco Central de Chile abre consulta pública sobre nuevos requisitos de acceso y normas del Mercado Cambiario Formal
04 de mayo de 2022


El 21 de abril de 2022, fue abierto el proceso de consulta pública sobre nuevos requisitos de acceso y normas de funcionamiento del Mercado Cambiario Formal, en el marco de la tercera etapa del proceso de modernización de la regulación cambiaria del Banco Central.

Los principales ejes que impulsan los cambios pretendidos en esta etapa del proceso de modernización son los siguientes: En primer lugar, facilitar el acceso de corredores de bolsa, agentes de valores y bancos extranjeros con oficinas de representación en el país al Mercado Cambiario Formal (en adelante “MCF”), disminuyendo los requisitos en tal sentido. En segundo lugar, los actores del MCF deberán verificar que las plataformas electrónicas que utilicen para sus transacciones cumplan con determinados requisitos mínimos y, finalmente, será derogado, a partir del 1 de julio de este año, el Capítulo VIII del Compendio de Normas de Cambios Internacionales del Banco.

Las modificaciones específicas que se pretenden implementar en el marco de los dos primeros puntos se enuncian brevemente, a continuación:

Facilitar acceso al MCF

En primer lugar, para las entidades antes señaladas, esto es corredores de bolsa, agentes de valores y bancos extranjeros con oficinas de representación en el país, todos fiscalizados por la CMF, se permitirá el acceso automático al MCF, sin necesidad de verificar previamente el cumplimiento de los requisitos de integridad ni la constitución de una garantía.

Adicionalmente, para las entidades de menor tamaño que participen del MCF (umbral aún por definirse), la periodicidad de la información a entregar a la CMF será dilatada de la base diaria actual, a una más laxa, también por definirse.

Por último, las facultades de aprobar el acceso de alguna entidad al MCF, la suspensión del acceso e incluso la revocación de las autorizaciones, que actualmente requieren Acuerdos del Consejo del Banco Central, serán delegadas a el o la Gerente de División Política Financiera.

Requisitos de plataformas electrónicas utilizadas por entidades del MCF

Los requisitos que se establecerán para todas las entidades del MCF que utilicen plataformas electrónicas, las obligarán a verificar que dichas plataformas tengan mecanismos adecuados de mitigación de riesgo operacional, así como reglas objetivas y transparentes de acceso para sus participantes, evitando cualquier tipo de discriminación en ellas, de modo que la participación en ellas no se limite únicamente a entidades que participen en el MCF.

Finalmente, la eliminación del Capítulo VIII del Compendio de Normas de Cambios Internacionales, se debe a la existencia de fuentes alternativas de información, a través de las cuales el Banco Central puede acceder más fácilmente a estos datos, siendo superfluo este deber de información. La derogación entrará en vigencia el 1 de julio de 2022.



AUTORES: Diego Peralta, Fernando Noriega, Alejandro Toro.



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