El 30 de julio de 2024, la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) publicó la Circular N° 2.354 (la “Circular”) que modifica la Circular N°1.835 del 24 de abril de 2007, la cual imparte instrucciones relativas a la forma y contenido de la información sobre inversiones realizadas por las compañías de seguros y reaseguros.
La Circular es el resultado de la implementación de una propuesta normativa que, tras dos períodos de consulta pública, busca fortalecer la función de supervisión de los riesgos asociados a los activos que conforman las carteras de inversión de las compañías de seguros y reaseguros.
En este contexto, la CMF emitió un informe normativo identificando las áreas de mejora y señalando las modificaciones que se implementarán mediante la Circular. Estas modificaciones abarcan las siguientes materias:
- Información detallada de préstamos: Se introduce el Registro B.12 con el fin de proporcionar una descripción de los préstamos otorgados por las aseguradoras, detallando el stock de créditos, así como la identificación del deudor y las características y condiciones de los préstamos vigentes al cierre de cada mes que se informe.
- Información sobre bienes raíces en arriendo, morosidad de mutuos hipotecarios y leasings: Se introduce el Registro B.13 que contendrá información sobre bienes raíces en arriendo, tales como el tipo de bien raíz, de contrato, características y morosidad de mutuos hipotecarios y contratos de leasing. Este registro permitirá calcular la vacancia y analizar perfiles de riesgo basados en el tipo de bien raíz y contrato.
- Información sobre garantías relacionadas a instrumentos de derivados: Se introduce el Registro B.14 para detallar las garantías constituidas y recibidas producto de operaciones de instrumentos derivados realizadas con contrapartes autorizadas, mejorando la supervisión de estas operaciones por la CMF.
- Actualización de registros existentes: Se crearán nuevos campos en los registros existentes para complementar la información y apoyar la supervisión de la CMF del cumplimiento normativo. Estos campos sistematizarán el envío de información de duración de instrumentos de renta fija utilizada para elaborar el vector de tasas de descuento (VTD), necesario para el cálculo de las reservas técnicas de rentas vitalicias y el test de suficiencia de activos.
- Flexibilidad y actualización de información para futuros cambios: Los anexos de la Circular 1.835 se trasladarán a un Anexo Técnico en el Sistema de Envío de Información en Línea - SEIL del sitio web de la CMF, permitiendo ajustes rápidos en respuesta a nuevas modificaciones normativas. Las compañías de seguros y de reaseguros serán notificadas con antelación sobre cualquier modificación en el Anexo Técnico por la CMF.
La Circular entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2024 y se aplicará a contar de la información de dicho mes, que deberá ser reportada a más tardar el 15 de enero de 2025.