El pasado 4 de enero de 2024, la Comisión Nacional de Energía ( “CNE”), anunció el inicio del procedimiento normativo para la modificación de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad del Servicio (el “Procedimiento Normativo”), en virtud de lo dispuesto en la Resolución Exenta No. 654 de fecha 29 de diciembre de 2023, cuyo principal objeto es actualizar y/o incorporar exigencias de seguridad y calidad de suministro eléctrico en un escenario de transición energética del Sistema Eléctrico Nacional, caracterizado por una considerable inserción de energías renovables en el progresivo proceso de descarbonización nacional y penetración de nuevas tecnologías en la gestión temporal de energía. Además, esta modificación busca ajustar y disminuir las redundancias entre el cuerpo principal y los anexos, así como detectar y dar solución a problemas que se han suscitado por la norma vigente. Adicionalmente se revisará el mérito y alcance de la propuesta realizada por la Asociación de Empresas Eléctricas A.G. con motivo de la modificación al artículo 5-5 de la NTSyCS.
A propósito del proceso de modificación de la referida Norma Técnica, la CNE realizó un llamado a todos los representantes de las empresas del sector eléctrico, instituciones y expertos técnicos interesados en formar parte del Comité Consultivo Especial, (el “Comité”), a que manifiesten su interés para dicho efecto a más tardar el 29 de febrero de 2024 a través de la plataforma digital “Manifestación de Interés para Comités Consultivos Especiales” disponible en el sitio web https://www.cne.cl/nuestros-servicios/tramites-disponibles/manifestacion-de-interes-para-comites-consultivos-especiales/ y https://cne.cerofilas.gob.cl/.
Los profesionales que estén interesados en participar en el Comité, deberán tener conocimientos técnicos comprobables en modelación y análisis de la operación de sistemas eléctricos o desarrollo de proyectos de ingeniería donde se haya hecho aplicación de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad del Servicio; en análisis de sistemas de información, comunicación y monitoreo del sistema eléctrico o participado en procedimientos normativos asociados a la Norma Técnica de Seguridad y Calidad del Servicio. En cuanto a los interesados en participar en calidad de expertos técnicos, se requiere un título profesional de ingeniero civil electricista o ingeniero civil industrial con especialidad en ingeniería eléctrica u otro de naturaleza afín.
Según lo dispuesto en el Procedimiento Normativo, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 11, de fecha 31 de enero de 2017, que aprueba Reglamento para la Dictación de Normas Técnicas de Seguridad, Coordinación, Calidad, Información y Económicos del Funcionamiento del Sector Eléctrico (el “Reglamento”), recibidas las manifestaciones de interés, la fecha estimada para que la CNE designe a los integrantes del Comité mediante resolución exenta sería durante el mes de abril de 2024, y el número de integrantes se definirá según la complejidad, extensión y alcance de la modificación. En esta línea, se espera que la primera sesión del Comité se realice durante el mes de mayo de 2024, debiendo comenzar la elaboración del borrador de la nueva Norma Técnica de Seguridad y Calidad del Servicio, análisis y participación del Comité durante el mes de julio del mismo año y hasta septiembre de 2025. Así, luego de un periodo de consulta pública y análisis de observaciones según el cronograma dispuesto en el Procedimiento Normativo, se espera que se publique la Norma Técnica actualizada en el Diario Oficial durante el mes de mayo de 2026.
Los integrantes seleccionados deberán analizar, discutir y manifestar su opinión a la CNE respecto de la modificación de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad del Servicio, y se mantendrán en su cargo durante todo el tiempo que dure el ejercicio del Comité, salvo que se verifique alguna causal de inhabilidad dispuesta en el Reglamento, renuncia o cese de sus funciones en la empresa o institución que representa, o tres inasistencias a las sesiones del Comité. Existiendo alguna vacante por renuncia o cese de funciones de cualquier integrante, la CNE podrá designar a un miembro reemplazante, teniendo en consideración las manifestaciones de interés recibidas dentro del periodo dispuesto en el Procedimiento Normativo.
En consideración de lo señalado precedentemente, las personas naturales o jurídicas interesadas en formar parte del Comité deberán postular mediante la plataforma digital y acompañar los siguientes antecedentes:
- El nombre del interesado en participar, sea en calidad de experto técnico o como representante de alguna empresa del sector eléctrico, señalando, en el último caso, la entidad representada;
- Correo electrónico para efectos de las notificaciones y comunicaciones que procedan en virtud del Proceso Normativo;
- Antecedentes que acrediten el cumplimiento de los requisitos o perfiles específicos que se fijan para los integrantes que participan en calidad de expertos técnicos o de representantes de empresas del sector eléctrico;
- Poder especial otorgado por el representante legal de la empresa a la que el interesado representa, si aplica; y
- Declaración de intereses que individualice las actividades profesionales, laborales, económicas o gremiales, sean o no remuneradas, que realice o en que participe, incluidas las realizadas en los doce meses anteriores a la fecha de la manifestación de interés, tratándose de interesados en participar en calidad de expertos técnicos.
Cabe destacar que los interesados en participar en el Comité, en calidad de representantes de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, del Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, cualquier ministerio, servicio u organismo público con competencias relacionadas al Proceso Normativos, deberán cumplir sólo con lo dispuesto en las letras a. y b. anterior.