Como parte del proceso de implementación de la Ley N° 21.521, conocida como la “Ley Fintech”, la Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) abrió a consulta pública, una propuesta de regulación para los prestadores de servicios financieros que se encuentran dentro del perímetro regulatorio de la Ley Fintech, esto es, quienes se dedican en forma profesional a la prestación de servicios de plataforma de financiamiento colectivo (crowdfunding), sistemas alternativos de transacción, intermediación de instrumentos financieros, enrutamiento de órdenes, asesoría crediticia, asesoría de inversión y custodia de instrumentos financieros.
La propuesta normativa contempla regulación que se refiere, principalmente, a las siguientes materias: (a) la inscripción de entidades en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros de la CMF; (b) la autorización de dichas entidades para la prestación de los servicios regulados por la Ley Fintech; (c) las obligaciones de divulgación y entrega de información a clientes o al público en general con que deberán cumplir dichos prestadores; (d) los requerimientos de gobierno corporativo y gestión de riesgos (incluyendo riesgos operacionales) aplicables a dichas entidades; (e) las exigencias de capital mínimo y garantías que regirán respecto a estos proveedores; (f) los requisitos de capacidad operacional que les serán aplicables; y (g) algunas actividades inherentes a los servicios regulados por la Ley Fintech.
De acuerdo a lo indicado por la CMF, se espera que los aportes que se reciban durante este proceso de consulta se enfoquen, principalmente, en las siguientes áreas: (a) costos relevantes derivados del cumplimiento de estas instrucciones que hagan inviable el surgimiento de nuevos actores o el desarrollo de nuevos modelos de negocios; (b) aspectos en la propuesta que ameriten establecer una carga regulatoria proporcional al tamaño, volumen, número de clientes u otros factores; (c) aspectos de la propuesta en que, por estar comprometida la fe pública en el mercado, la estabilidad del mercado financiero o la protección de los clientes, sea pertinente establecer exigencias adicionales; (d) elementos que no permitan una adecuada comprensión o que requieran de mayor precisión; y (e) potenciales riesgos o beneficios derivados de determinadas disposiciones contenidas en la propuesta.
Junto a esta propuesta, la CMF ha abierto a consulta proyectos normativos que dicen relación con las exigencias para acreditar la idoneidad para el desempeño de funciones, norma que reemplazaría a la Norma de Carácter General N°412 de la CMF; así como con relación a las exigencias de información respecto de entidades que entreguen recomendaciones para adquirir, mantener o enajenar valores de oferta pública, o que impliquen la definición de precios objetivos.
Los demás antecedentes de la normativa en consulta, así como la posibilidad de realizar comentarios respecto a la misma, se encuentran disponibles en el siguiente link. La CMF recibirá comentarios hasta el día 10 de noviembre de 2023.