El 24 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de Chile el Decreto con Fuerza de Ley N° DFL N°1-21.663, de fecha 30 de octubre del mismo año, que establece la entrada en vigencia de la Ley N° 21.663 Marco de Ciberseguridad y la iniciación de actividades de la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI).
Plazos establecidos
- Inicio de actividades de la ANCI: 1 de enero de 2025.
- Entrada en vigencia de las normas de la Ley Marco de Ciberseguridad: 1 de enero de 2025, con excepción de las siguientes disposiciones, que entrarán en vigencia el 1 de marzo de 2025:
- Artículo 5°: Calificación de operadores de importancia vital.
- Artículo 8°: Deberes específicos de los operadores de importancia vital.
- Artículo 9°: Deber de reportar al CSIRT Nacional los ciberataques e incidentes de ciberseguridad que puedan tener efectos significativos.
- Título VII: Régimen de sanciones e infracciones.
Para más detalles, puede consultar el texto completo del Decreto con Fuerza de Ley en el siguiente enlace.
Para más información sobre los principales aspectos de la Ley Marco de Ciberseguridad, puede consultar la siguiente alerta legal.