El pasado jueves 19 de marzo, el Gobierno de Chile presentó el Plan Económico de Emergencia para enfrentar el COVID19, que contiene diversas medidas económicas y tributarias que buscan otorgar mayor liquidez a empresas, pymes y trabajadores.
Desde la perspectiva tributaria, el Plan Económico de Emergencia considera las siguientes medidas:
- Suspensión de la obligación de realizar Pagos Provisionales Mensuales (PPM) por los meses de abril, mayo y junio de 2020.
- Postergación del pago del Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA) correspondiente a los meses de abril, mayo y junio de 2020, permitiendo su pago en 6 ó 12 cuotas mensuales con 0% de tasa de interés. Esta medida aplica a empresas cuyas ventas sean inferiores a 350.000 Unidades de Fomento (“UF”)1.
- Anticipación de la devolución de impuesto a la renta solicitadas por empresas catalogadas como pymes (con ventas inferiores a UF 75.000). La devolución se anticipa para el mes de abril.
- Ampliación del plazo para pagar el Impuesto a la Renta que declaren las pymes en la próxima operación renta (abril) hasta el mes de julio de 2020.
- Postergación del pago de la cuota de contribuciones correspondiente al mes de abril para: (i) empresas con ventas inferiores a UF 350.000 y (ii) personas naturales con propiedades con avalúo fiscal inferior a Ch$133 millones. La contribución postergada será pagada en tres cuotas, junto con las siguientes tres cuotas de contribución, con tasa de interés de 0%.
- Reducción transitoria del Impuesto Timbre y Estampillas a 0% para todas las operaciones de crédito. Esta medida aplica durante los próximos seis meses (abril a septiembre).
- Mayor flexibilidad para celebrar convenios de pago de deudas tributarias con la Tesorería General de la República, sin intereses, ni multas. Esta medida aplica para pymes y personas de menores ingresos.
- Aceptación como gasto tributario de todos aquellos gastos que las empresas tengan que incurrir a propósito de la emergencia sanitaria originada por el COVID19.
- Ampliación de plazos para presentar diversas declaraciones juradas asociadas a la operación renta de este año. A través de los siguientes links es posible acceder a las declaraciones que se encuentran en esta situación:
Ver Resolución 30
Ver Resolución 32
Adicionalmente, el Servicio de Impuestos Internos ha habilitado en su página web la realización de diversos trámites administrativos de forma remota. El detalle de estos trámites se puede encontrar accediendo aquí.
1 .- Unidad monetaria chilena indexada según la inflación. Este índice se calcula mensualmente a partir del décimo día del mes actual hasta el noveno día del mes siguiente, con el valor de la UF ajustada diariamente.