Con fecha 7 de enero de 2025, entró en vigencia la Resolución Exenta N°4.359 del Servicio Nacional de Aduanas (“Resolución”), que busca regular la importación a Chile de mercancías en arrendamiento o en leasing.
Las principales modificaciones introducidas por la Resolución son:
Documentación necesaria para el ingreso de mercancías arrendadas o en leasing:
- Se modifica el Capítulo III del Compendio de Normas Aduaneras del Servicio Nacional de Aduanas, especificando los documentos necesarios para la confección de la declaración de ingreso de mercancías importadas a Chile en modalidad de arrendamiento o leasing.
- La Resolución establece que la declaración de ingreso deberá incluir, entre otros, los siguiente documentos: (i) una copia del contrato de arrendamiento o leasing; (ii) una factura pro-forma (en reemplazo de la factura comercial), la cual debe indicar expresamente que la mercancía es arrendada; y (iii) una declaración jurada denominada “Declaración Jurada para mercancía en arrendamiento o leasing”.
Valoración aduanera de mercancías arrendadas o en leasing:
- Como regla general, el valor declarado al Servicio Nacional de Aduanas de mercancías importadas se debe realizar conforme a los métodos de valoración establecidos en el Capítulo II del Compendio de Normas Aduaneras.
- La Resolución regula que en caso de que no se puedan utilizar dichos métodos de valoración, el importador deberá utilizar criterios razonables para la determinación de su valor (e.g., uso de precios de listas vigentes, el valor determinado por un perito, etc.).
- En caso de duda, el importador, a través de una solicitud de Resolución Anticipada, podrá solicitar al Servicio Nacional de Aduanas que aplique los métodos de valoración de la mercancía arrendada o en leasing para determinar su valor.