Alertas Legales

Pilas y aparatos eléctricos y electrónicos: se inicia proceso de elaboración del Decreto Supremo que establece metas de recolección y valorización
02 de junio de 2021


Con fecha 28 de mayo de 2021, fue publicada en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°310, de fecha 16 de abril de 2021 del Ministerio del Medio Ambiente, mediante la cual se inicia el proceso de elaboración del Decreto Supremo que establecerá metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de pilas y aparatos eléctricos y electrónicos.

Productos prioritarios regulados: “Pilas” y "Aparatos Eléctricos y Electrónicos".

Se entenderá, preliminarmente, por "pilas", toda fuente de energía eléctrica obtenida por transformación directa de energía química y constituida por uno o varios elementos, entre las que se encuentran las pilas recargables y no recargables.

Se entenderá, preliminarmente, por "aparatos eléctricos y electrónicos", todos los aparatos que para funcionar correctamente, necesitan corriente eléctrica o campos electromagnéticos, así como los aparatos necesarios para generar, transmitir y medir tales corrientes y campos.

Recepción de antecedentes.

Toda persona puede aportar los antecedentes que estime necesarios para ser considerados en el proceso de elaboración del Decretos Supremo. La resolución publicada resuelve fijar como fecha límite para recibir antecedentes técnicos, económicos y sociales sobre la materia a regular, el día hábil número veinte contado desde el 28 de mayo de 2021 (esto es, hasta el 25 de junio de 2021). Deberán ser fundados y entregarse por escrito en la Oficina de Partes o sitio electrónico correspondiente.

Comité Operativo Ampliado.

El Ministerio del Medio Ambiente deberá convocar a postular para integrar un Comité Operativo Ampliado, el que estará integrado por representantes de los Ministerios del Medio Ambiente y de Salud; de las asociaciones de municipalidades; de productores de pilas o aparatos eléctricos y electrónicos propuestos por asociaciones gremiales; de los mismos productores que constituyan empresas de menor tamaño; de gestores de residuos; consumidores; recicladores de base, una ONG, de comercializadores y distribuidores de dichos productos; y, por un profesional experto nominado por las Universidades Autónomas.

El Comité Ampliado tendrá un plazo de 5 meses para dictar un anteproyecto de decreto supremo.



AUTORES: Rafael Vergara, Manuel José Barros, Julio Recordon.



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