Alertas Legales

Proyecto de ley de delitos económicos sortea el control preventivo de constitucionalidad
02 de agosto de 2023


En el marco del control preventivo de constitucionalidad, el Tribunal Constitucional (“TC”) declaró que las disposiciones del Proyecto de Ley que Sistematiza los Delitos Económicos y Atentados contra el Medio Ambiente (el “Proyecto”) que tienen el carácter de orgánicas constitucionales se encuentran conformes con la Carta Fundamental. De esta forma, para que el Proyecto se convierta en ley sólo falta que el Presidente de la República lo promulgue, y luego se proceda con su publicación en el Diario Oficial.

Del análisis de la sentencia se aprecia que el TC no coincidió plenamente con la Cámara de Diputados respecto de la calificación de orgánica constitucional de las normas sometidas a su control, descartándose así algunas e incorporándose otras al control de constitucionalidad. En definitiva, las normas del Proyecto que fueron controladas por el TC se limitaron a cuatro.

En línea con lo anterior, resultan de especial interés los votos de disidencia del fallo del TC. En particular, puede observarse que los votos de minoría estuvieron por ampliar el catálogo de preceptos legales con carácter orgánico constitucional que contempla el Proyecto, y por ende que están sometidos al control previo de constitucionalidad. Siendo así, algunos ministros del voto de minoría estuvieron por declarar ciertas normas inconstitucionales, pese a que en definitiva no fueron objeto del mentado control. Así se destacan, por ejemplo, las argumentaciones en torno a declarar inconstitucionales las siguientes normas:

  • El artículo 16 N° 1 del Proyecto, que contempla la cuestionada “agravante muy calificada” de participación activa del condenado en una posición jerárquica superior en la organización; y
  • El nuevo artículo 134 bis de la Ley 18.046, que incorpora a la legislación chilena el tipo penal de abuso de posición mayoritaria en el directorio.

Mientras que en el primer caso los cuestionamientos de minoría se centran en que la norma vulneraría la prohibición de presumir de derecho la responsabilidad penal, en el segundo caso, el voto de minoría destaca la infracción que conllevaría el nuevo tipo penal al principio de taxatividad.

Cabe hacer presente que el TC no se refirió de forma directa a los distintos téngase presentes presentados durante la tramitación del control preventivo de constitucionalidad.



AUTORES: Guillermo Acuña, Rodrigo Aldoney, Matías Gatica.



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