Con fecha 24 de abril de 2023 se ingresó a la Cámara de Diputados el boletín N°15864-13, que contiene el proyecto de ley de reajuste de monto del ingreso mínimo mensual, el cual pasó inmediatamente a la Comisión del Trabajo y Seguridad Social y la Comisión de Hacienda. Actualmente el proyecto se encuentra con urgencia de discusión inmediata.
Conforme a lo anunciado por el Gobierno, este proyecto de ley recoge el acuerdo alcanzado por el Ministerio de Hacienda, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social y la Central Unitaria de Trabajadores (“CUT”), que adelantaría la entrada en vigencia del sueldo mínimo de $500.000 pesos para el próximo año 2024.
Aumento de ingreso mínimo
Este nuevo proyecto de ley plantea un aumento gradual del ingreso mínimo mensual para trabajadores mayores de 18 y menores de 65 años, que seguiría el siguiente cronograma:
- Aumento a $440.000 pesos al 1 de mayo de 2023
- Aumento a $460.000 pesos al 1 de septiembre de 2023
- Aumento a $500.000 pesos al 1 de julio de 2024
Además, en caso de que el IPC supere el 6% durante el año 2023, se realizaría un alza previa a la de julio de 2024, llegando el sueldo mínimo a $470.000 pesos a contar del 1 enero de 2024.
A contar del 1 de enero de 2025, el proyecto plantea que se reajuste el ingreso mínimo mensual para los trabajadores antes mencionados, conforme a la variación acumulada experimentada por el IPC, entre el 1 de julio de 2024 y el 31 de diciembre de 2024.
Otros cambios que se proponen al ingreso mínimo mensual son:
- Aumento del ingreso mínimo mensual a $328.230 para trabajadores menores de 18 y mayores de 65 años
- Aumento del ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales a $283.619
Estos montos se elevarán a partir del 1 de septiembre de 2023 en la misma proporción que el ingreso mínimo mensual.
Aumento de las asignaciones familiares y de maternidad
Luego, las asignaciones familiares y de maternidad de Sistema Único de Prestaciones Familiares tendrán a contar del 1 de mayo de 2023, los siguientes nuevos valores:
- $20.328 por carga para los beneficiarios cuyo ingreso mensual no supere $515.879
- $12.475 por carga para los beneficiarios cuyo ingreso mensual no supere $753.496
- $3.942 por carga para los trabajadores cuyo ingreso mensual no supere $1.175.196
- Las personas cuyo ingreso mensual sea superior a $1.175.196, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas.
Los tramos de ingresos mensuales se elevarán a partir del 1 de septiembre de 2023 en la misma proporción que el ingreso mínimo mensual.
Extensión del subsidio para alcanzar el ingreso mínimo garantizado
Se propone modificar la Ley N°21.218, que establece un subsidio mensual de cargo fiscal para los trabajadores dependientes con contrato de trabajo vigente y afectos a una jornada ordinaria de trabajo conforme al inciso primero del artículo 22 del Código del Trabajo, superior a 30 horas semanales.
Para que los trabajadores tengan derecho a este subsidio, éstos deberán:
- Percibir una remuneración bruta mensual inferior a $500.000; e
- Integrar un hogar perteneciente a los primeros nueve deciles de acuerdo al instrumento de caracterización socioeconómica de la Ley N°20.379
De aprobarse el proyecto de ley, este subsidio regirá entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2024.
Extensión del subsidio a las micro, pequeñas y medianas empresas
La Ley N°21.456 establece un subsidio para las micro, pequeñas y medianas empresas para el pago del ingreso mínimo mensual.
En este sentido, dicha norma indica que las personas naturales y jurídicas que inicien actividades desde el 1 de agosto de 2022 en adelante no tendrán derecho a recibir el subsidio, salvo que se aumente al 1 de enero de 2023 el sueldo mínimo mensual a $410.000 (situación que ocurrió), caso en el cual tendrían derecho a un subsidio entre enero y abril de 2023.
El nuevo proyecto de ley extiende este beneficio a los meses de mayo y junio 2023. Para estos meses, el subsidio sería de $32.000.-