En relación a los inminentes cambios migratorios anunciados por el Gobierno de Chile, podemos informar que se trata de iniciativas de urgencia que suponen la reformulación de los visados de residencia temporaria y la creación de nuevas categorías de visas orientadas a personas que deseen trabajar o estudiar en Chile. Estas medidas se adoptarán en virtud de actos administrativos, que si bien se encuentran aún en proceso de trámite, en principio y según la información oficial emitida a la fecha, establecerían lo siguiente:
- Visa para ciudadanos de Haití: Homologando la situación de nuestro país con la gran mayoría de las naciones de América Latina y el Caribe (a excepción de Argentina y Ecuador), se ha determinado:
- Exigir, a contar del día 16 de abril de 2018, la obtención de Visado Consular de Turismo Simple con derecho a ingreso y permanencia en Chile en tal calidad por un período máximo de 30 días, a todo ciudadano haitiano que desee ingresar al país con fines de recreo, deportivos o religiosos, sin propósito de inmigración, residencia o desarrollo de actividades remuneradas. Dicha visa -en principio- se debe solicitar ante el Consulado de Chile correspondiente, previo al ingreso a Chile.
- Visado Humanitario de Reunificación Familiar: Paralelamente, y para efectos de regular los flujos de personas y resguardar las condiciones de su movilidad hacia Chile, se establece un Visado Humanitario de Reunificación Familiar para cónyuges, convivientes civiles, hijos menores de edad y mayores que estudien hasta los 24 años de nacionales haitianos, que no posean antecedentes penales, de 12 meses de duración, prorrogable por una vez, que se regirá por las reglas generales de la visación de residencia temporaria, y con entrada en vigencia el 02 de julio de 2018. Para estos efectos, se autorizará un máximo anual de 10 mil visados humanitarios, los que -en principio- sólo se podrán solicitar en el Consulado de Chile en Haití.
- Visado de Responsabilidad Democrática para ciudadanos de Venezuela: En razón de la crisis democrática por la que actualmente atraviesa Venezuela, se crea una Visa de Responsabilidad Democrática para los nacionales venezolanos, que no posean antecedentes penales, la que deberá ser solicitada – en principio y según la información oficial a la fecha - ante la autoridad consular chilena en Venezuela y otorgará un permiso de residencia temporal por un año, prorrogable por una vez. Podrá ser solicitada a contar del día 16 de abril de 2018.
- Visa Residencia Temporaria por Motivos Laborales: A partir del 23 de abril del presente año, se eliminará la posibilidad de solicitar en Chile ante las autoridades del Departamento de Extranjería Visa Residencia Temporaria por Motivos Laborales. Las que ya están en trámite seguirán el curso de tramitación normal mientras que las que se encuentran en vigencia se mantendrán plenamente vigentes hasta su vencimiento.
- Nuevas Categorías de Visas a partir del 1 de agosto de 2018:
- Visa Temporaria de Oportunidades: Esta visa estaría orientada a los migrantes de todos los países que quieran venir a nuestro país a emprender y trabajar por hasta 12 meses, prorrogable por una vez. Esta visa se deberá solicitar fuera de Chile ante el consulado respectivo.
- Visa Temporaria de Orientación Internacional: Esta visa podrá ser solicitada por aquellos extranjeros que deseen emprender y trabajar en nuestro país y que cuenten con un postgrado en alguna de las mejores universidades del mundo, según un ranking que se establecerá en reglamento al efecto. En principio y según la información oficial a la fecha, se deberá solicitar fuera de Chile ante el consulado respectivo y será otorgada de forma automática por un período de 12 meses, prorrogable por una vez.
- Visa temporaria de Orientación Nacional: Esta visa que podrá ser solicitada por aquellos extranjeros que obtengan postgrados en universidades chilenas acreditadas y que deseen emprender y trabajar en nuestro país. En principio y según la información oficial a la fecha, se debe solicitar en Chile y será otorgada de forma automática por un período de 12 meses, prorrogable por una vez.
- Formulación de Indicaciones al Proyecto de Ley de Migración y Extranjería: El Presidente de la República, don Sebastián Piñera, con fecha 9 de Abril del presente año, envió al Parlamento un conjunto de indicaciones al proyecto de ley presentado en su gobierno el año 2013, recogiendo también algunos elementos del proyecto de 2017 enviado por el Gobierno de doña Michelle Bachelet.
Dentro de las múltiples indicaciones enviadas, podemos destacar las siguientes:- Catálogo flexible de categorías migratorias: Además de la Visa de Turismo o Permanencia Transitoria, que autoriza al extranjero a permanecer en Chile por 90 días con prohibición de realizar actividades remuneradas, se construye un sistema de categorías sucesivas de visación que reflejarán el grado de arraigo que el extranjero desarrolla en el país. Así, el proyecto de ley contempla en primer lugar el otorgamiento de una Residencia Temporal para los migrantes que busquen radicarse en Chile por un tiempo limitado (de 24 a 48 meses, para trabajar o estudiar). En caso de que busquen radicarse indefinidamente, y luego de haber pasado por la categoría anterior, se le otorgará la Residencia Definitiva, pudiendo, al cabo de cinco años, solicitar la nacionalidad chilena.
- Modernización del sistema de revalidación y reconocimiento de títulos académicos y profesionales: Las universidades que se encuentren acreditadas en nuestro país por más de seis años o en el tramo equivalente de acreditación, tendrán la atribución de revalidar y convalidar títulos obtenidos en el extranjero.
- Creación del Registro Nacional de Extranjeros: El proyecto de ley, crea un registro que contendrá la identificación de los extranjeros en Chile, sus categorías migratorias, permisos denegados, infracciones migratorias e información relevante.
- No criminalización de la residencia irregular: El proyecto de ley elimina las sanciones penales para las infracciones migratorias.
El proyecto de ley cambiaría radicalmente la operatoria que hoy existe para la obtención de residencia temporal, ya que ésta sólo se podría solicitar fuera de Chile, en los consulados respectivos, prohibiendo que se pueda solicitar el cambio de calidad migratoria de turista a residente estando en Chile.
Hasta la fecha y sujeto a la aprobación del mencionado proyecto de ley, se mantienen sin modificaciones las actuales categorías de visas de residencia y permisos de trabajo (no obstante lo indicado en el N°4 anterior), establecidas en la actual Ley de Extranjería y su Reglamento.