En cumplimiento de lo establecido en el Decreto Nº 420 del Ministerio de Hacienda, con fecha 26 de junio, el Servicio de Impuestos Internos y la Tesorería General de la República emitieron conjuntamente las Resoluciones N° 68 y N° 490. A través de ellas, se resuelve condonar el 100% de los intereses moratorios originados por pagos fuera de plazo respecto de las cuotas del impuesto territorial del año 2020, con vencimiento anterior al 30 de septiembre de 2020.
Esta condonación sólo rige hasta el 30 de septiembre de 2020, y aplica únicamente cuando el pago de todo o parte de las cuotas morosas se realice al contado y hasta la fecha indicada.
El contenido de ambas resoluciones puede ser revisado accediendo acá.